La Facultad de Ciencias Jurídicas y políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV) ha emitido un pronunciamiento institucional en el que exige una convocatoria inmediata a elecciones presidenciales, agregando la necesidad de la conformación de un Consejo Nacional Electoral (CNE) autónomo e independiente y la habilitación plena de todos los partidos y ciudadanos con sus derechos políticos restringidos.
El documento fue informado por el decano Juan Carlos Apitz B. y el secretario Iván E. Harting V. y sustenta su exigencia en un argumento jurídico concreto: luego de la sentencia N° 0001 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 3 de enero de 2026, transcurrieron más de noventa días desde la vacancia en el ejercicio del cargo presidencial sin que la Asamblea Nacional adoptara decisión alguna sobre su prórroga. Operó así, por mandato constitucional expreso, el supuesto de falta absoluta previsto en los artículos 233 y 234 de la Constitución.
«La consecuencia es una sola e ineludible: la convocatoria a nuevas elecciones universales, directas y secretas dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Esto no es una interpretación. Es la Constitución vigente», señala el pronunciamiento.
Con información de Monitoreamos
La Facultad también advirtió que el ejercicio indefinido de la Presidencia de la República por una autoridad no electa «cuya legitimidad de origen es puramente designataria» viola el principio democrático, la soberanía popular y el derecho fundamental al sufragio consagrado en el artículo 63 constitucional. «Ninguna invocación al principio de continuidad administrativa puede subsanar ese déficit de legitimidad: ese principio rige para los cargos de designación, no para la jefatura del Estado», subraya el texto.
Las cuatro exigencias concretas del pronunciamiento son el cumplimiento inmediato del mandato constitucional y la convocatoria a elecciones presidenciales sin dilaciones; la conformación de un CNE autónomo, plural e independiente conforme al artículo 296 de la Constitución; la habilitación plena de todos los partidos políticos y ciudadanos cuyos derechos de participación hayan sido restringidos mediante actos de inconstitucional aplicación; y el respeto irrestricto al derecho al sufragio de todos los venezolanos, incluyendo a quienes se encuentran fuera del territorio nacional.



