(Redactado por David Gallardo) La coordinadora principal del partido político Vente Venezuela, María Corina Machado, ha rechazado la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que ratifica que está inhabilitada durante 15 años para la postulación de algún puesto público de elección popular.

«El régimen decidió acabar con el Acuerdo de Barbados. Lo que NO se acaba es nuestra lucha por la conquista de la democracia a través de elecciones libres y limpias. Maduro y su sistema criminal escogieron el peor camino para ellos: unas elecciones fraudulentas. Eso no va a pasar. Que nadie lo dude, esto es HASTA EL FINAL», indicó Machado a través de una publicación en la red social X (Twitter).

Las sentencias del TSJ

Durante la tarde de este 26 de enero, el TSJ informó que emitiría sus decisiones referentes a la diferentes demandas que apelaban sobre las inhabilitaciones que tenían varios políticos de la oposición.

Se informó que los ciudadanos Daniel Ceballos, Leocenis García, Richard Mardo y Pablo Pérez Álvarez fueron habilitados para competir en elecciones de puestos públicos. Mientras que la candidata María Corina Machado y el exgobernador del estado Miranda, Henrique Capriles, obtuvieron la ratificación de sus inhabilitaciones por 15 años.

“Lo que nunca podrán inhabilitar es el sentimiento de CAMBIO de los venezolanos. El sueño de tener un país donde la Constitución y las leyes sean iguales y respetadas por todos. Donde el Gobierno se ocupe de darle bienestar y calidad de vida a la gente. Donde llegar a viejo sea un premio y no un castigo. Una Venezuela para todos, democrática, donde tengan todos los venezolanos oportunidades, prosperidad, donde nadie se vaya y los que se fueron puedan regresar porque su país es tierra de bienestar. Hoy más que nunca, que nada ni nadie nos saque de la ruta electoral. Del ejercicio del derecho al VOTO. Que los venezolanos tengamos una alternativa que compita y pueda cambiar al peor Gobierno de la historia. Siempre estaré del lado de los más vulnerables y de las soluciones. 2024 tiene que ser el año del Pueblo venezolano. Este país SIEMPRE valdrá la pena”, declaró el exgobernador a través de su cuenta de X (Twitter).

Puedes leer a continuación la sentencia del TSJ referente a la inhabilitación de María Corina Machado:

La Sala declara: – COMPETENTE para conocer de la demanda de reclamación conjuntamente con amparo cautelar contra vías de hecho intentada por la ciudadana María Corina Machado Parisca. – ADMITE la demanda. – IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. – SIN LUGAR la “demanda de reclamación conjuntamente con amparo cautelar” contra “las vías de hecho en las que han incurrido la Contraloría General de la República (…) [mediante] oficio Nro. DGPE-23-0-00-008, dictado en fecha 27 de junio de 2023”, interpuesta en fecha 15 de diciembre de 2023, por la ciudadana María Corina Machado Parisca, asistida por el abogado Perkins Rocha Contreras. – Se RATIFICA la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en consecuencia el Contralor General de la República está facultado para establecer sanciones de inhabilitación, en ese sentido la ciudadana María Corina Machado Parisca, de conformidad con la Resolución N° 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 está inhabilitada por quince (15) años por estar incurso en los hechos, ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos, dentro de los cuales se destacan la entrega de la empresa CITGO HOLDING, INC y CITGO PETROLEUM CORPORATION con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 34.000.000.000,00) a la empresa canadiense CRYSTALLEX por mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 1.500.000.000,00), lo que causó un daño al patrimonio de la Nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 32.500.000,000,00). La entrega (…) de la empresa MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS, S.A., la cual fue llevada a la quiebra, el secuestro y robo de las treinta y un (31) toneladas de oro venezolano (…). Concluyéndose que el bloqueo solicitado por MARÍA CORINA MACHADO PARISCA, en connivencia con el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., entre otros, ha generado el secuestro de cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 4.000.000.000,00) retenidos en el sistema bancario internacional. (…) ha solicitado la aplicación de sanciones y bloqueo económico que generó daños en la salud venezolana, (…) Genera además la imposibilidad de comprar medicamentos antirretrovirales para garantizar el tratamiento a más de 60 mil pacientes de VIH-SIDÁ, y que contempla las vacunas para niños y adolescentes (…). (…) no ha dejado que unas 300 mil dosis de insulinas lleguen al país (…). Igualmente, dicha ciudadana incumplió las disposiciones establecidas en el artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual dispone que los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva, toda vez que aceptó la acreditación como representante alterna de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) a partir del 20 de marzo de 2014, perdiendo así la investidura de Diputada de la Asamblea Nacional. 6.- En consecuencia, dado que esta solicitud no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023, la ciudadana MARÍA CORINA MACHADO PARISCA, está INHABILITADA para ejercer funciones públicas por un periodo de quince (15) años, de acuerdo a la Resolución número 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emanada de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, investigación que fue iniciada en mayo de 2014 y donde fueron tomadas medidas cautelares. Sin perjuicio de las acciones penales y pecuniarias a que pudieran dar lugar sus actuaciones.