(Redactado por David Gallardo) El exvicepresidente y exembajador de Colombia, Francisco Santos, ha indicado que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictará una sentencia en la que se anulará el tarjetón electoral de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD).
Santos respondió a nuestro tweet sobre la decisión del TSJ de darle la presidencia y autorización de usar los bienes del partido de Primero Justicia.
«Me informan que a través de otra sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maduro ordenará anular la Tarjeta Electoral de la Unidad (la que se conoce como “la de la manito”)», denunció Santos.
Santos considera que esta es otra maniobra del régimen de Nicolás Maduro para evitar que los venezolanos voten en las elecciones presidenciales con una oposición verdadera a su dictadura.
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«Maduro lo que quiere es una elección con sus alacranes», comentó Santos.
Las acciones del TSJ contra las elecciones presidenciales
El TSJ ha decidido, a través de su Sala Constitucional, de otorgarle la presidencia y la autorización de bienes del partido Primero Justicia a José Dionisio Brito. Esta sentencia también le da la potestad de elegir los candidatos que representarían al partido en cualquier elección, incluyendo la presidencial de este próximo 28 de julio.
En su decisión, el TSJ ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) “de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc».
A continuación la sentencia completa:
Se DECRETA medida cautelar consistente en: i) El nombramiento de una Junta Directiva Ad Hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la Organización con fines políticos «Movimiento Primero Justicia», presidida por el ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO y que estará además conformada por un Coordinador Nacional Adjunto, un Secretario General, un Secretario General Adjunto y un Secretario de Organización, que cumplan las funciones directivas y de representación de la referida organización. Así como la designación de autoridades regionales, municipales y locales, ii) Dicha Junta Directiva Ad Hoc podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, simbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de dicho partido politico; iii) Organizar la consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los Estatutos de la Organización a los fines de su adecuación, iv) se ORDENA al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc, v) Queda facultada la Junta Directiva Ad Hoc para ejecutar los actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones, hasta que se decida el fondo de la presente causa; en consecuencia, se ordena la prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes de la organización con fines políticos «Movimiento Primero Justicia». No firma la presente sentencia la magistrada Dra. Gladys María Gutiérrez Alvarado, por motivos justificados.