Sala Constitucional del TSJ entrega a José Dionisio Brito la tarjeta electoral de Primero Justicia

Compartir

(Redactado por David Gallado) La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha decidido otorgar la presidencia y la autorización del uso de la tarjeta electoral de Primero Justicia y José Dionisio Brito.

Tras cuatro años de estar en un limbo judicial, el TSJ resolvió designar al diputado chavista José Brito como presidente de una Junta Directiva ad hoc de Primero Justicia (PJ).

La sentencia le da también el poder a Brito de «utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de dicho partido político»

Brito también podrá organizar cualquier consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los Estatutos de la Organización a los fines de su adecuación.

El Tribunal Supremo de Justicia también ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, «abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc».

Ver más: TSJ pretende anular tarjetón electoral de la MUD

Sentencia completa del TSJ

Decisión: Se DECRETA medida cautelar consistente en: i) El nombramiento de una Junta Directiva Ad Hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la Organización con fines políticos «Movimiento Primero Justicia», presidida por el ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO y que estará además conformada por un Coordinador Nacional Adjunto, un Secretario General, un Secretario General Adjunto y un Secretario de Organización, que cumplan las funciones directivas y de representación de la referida organización. Así como la designación de autoridades regionales, municipales y locales, ii) Dicha Junta Directiva Ad Hoc podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, simbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de dicho partido político; iii) Organizar la consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los Estatutos de la Organización a los fines de su adecuación, iv) se ORDENA al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc, v) Queda facultada la Junta Directiva Ad Hoc para ejecutar los actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones, hasta que se decida el fondo de la presente causa; en consecuencia, se ordena la prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes de la organización con fines políticos «Movimiento Primero Justicia». No firma la presente sentencia la magistrada Dra. Gladys María Gutiérrez Alvarado, por motivos justificados.

Ponente: Lourdes Benicia Suárez Anderson

Últimas Noticias

Artículos Relacionados

Caso de Rafael Escorihuela: Regresó de Perú para cuidar a su papá y lleva un año detenido en Venezuela

Durante los siete años que Rafael Escorihuela Farfán vivió en Perú murieron su madre y su hermano mayor,...

VE sin Filtro desmiente a Jorge Rodríguez: «Aún hay portales informativos bloqueados en Venezuela»

«Ya se liberaron todos los portales de los medios de comunicación». La frase salió del presidente de la...

NYT: EE. UU. habría apoyado con drones e inteligencia el bombardeo contra el ELN en Apure

El ataque contra un campamento del Ejército de Liberación Nacional (ELN) en el estado Apure, presuntamente ejecutado por...

WJP: Venezuela vuelve a ocupar el último lugar del Índice mundial de Estado de Derecho

Venezuela no solo está en el fondo: es, de nuevo, el último. El país ocupa el puesto 143...