Roberto Picón y Enrique Márquez no renunciaron a sus cargos como rectores del CNE

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(Fuente: Alberto News) El periodista Eugenio Martínez ha asegurado que los rectores Roberto Picón y Enrique Martínez no han renunciado a sus cargos en el Centro Nacional Electoral (CNE).

Martinez, quien es periodista especializado en política y elecciones, ha informado en su cuenta de Twitter que «renunciaron todos los rectores principales y suplentes vinculados al oficialismo. Solo quedan en sus cargos Roberto Picón y Enrique Marquez. Al solo estar 2 rectores, el organismo no puede sesionar, etc, etc.».

«Es de suponer que el chavismo presionará para que Roberto Picón o Enrique Marquez también renuncien (uno de ellos o los dos) para poder abrir “espacio” para darle cuota de poder a la Alianza Democrática», agregó.

Con información de Alberto News

La renuncia de los rectores del CNE

Los rectores principales y suplentes del Consejo Nacional Nacional (CNE), habrían renunciado a sus cargos y notificaron la Asamblea Nacional electa en 2020 sobre su decisión.

El Poder Legislativo prevé discutir este jueves 15 de junio, la aceptación de la renuncia de los funcionarios venezolanos y designar un nuevo Comité de Postulaciones Electorales.

Ver más: Asamblea Nacional Chavista aceptaría renuncia de rectores del CNE

El orden del día difundido establece como segundo punto la «aceptación de la renuncia de los Rectores Principales y Suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE) por parte de la Asamblea Nacional y designación de la Comisión Preliminar del Comité de Postulaciones Electorales».

Estos serían los puntos a tratar por el parlamento chavista:
  1. Proyecto de Acuerdo en respaldo a la inmediata liberación del diplomático venezolano Alex Nain Saab Morán, tras cumplir tres años de su detención arbitraria e ilegal.
  1. Aceptación de la renuncia de los Rectores Principales y Suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE) por parte de la Asamblea Nacional y designación de la Comisión Preliminar del Comité de Postulaciones Electorales, de conformidad con lo establecido en el artículo 295 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 12, 13, 19, 20, 21, 22 y 23 de la Ley Orgánica del Poder Electoral.
  2. Segunda discusión del Proyecto de Ley Orgánica para la Protección de las Personas con Discapacidad.

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